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Comite Paritario – CESFAM Rodelillo

Comite Paritario

¿Ques es? ¿Como funciona?

Que es un Comite Paritario

El CPHS es un equipo de trabajo, formado por representantes de la dirección y de los trabajadores, quienes se integran con el propósito de encontrar soluciones y mejoras efectivas en los ámbitos de:

  • La Protección de las Personas.
  • La Seguridad de toda Empresa

Los CPHS son un verdadero punto de encuentro de ideas, de experiencias y esfuerzos, en los cuales el trabajo en equipo surgue del convencimiento de que…

«La seguridad interesa y beneficia a tanto a la direccion como a la parte operativa… es decir, a la empresa en su conjunto».

Legalmente, «En toda empresa, faena, Sucursal o agencia en que trabajen mas de 25 personas se organizarán comités paritarios de higiene y seguridad».

¿Quienes Integran el Comité Paritario?

Esta integrado por:
3 representantes titulares designados por la empresa, y 3 representantes titulares elegidos por los trabajadores.

Por cada miembro titular se designará, además, otro en carácter de suplente.

¿Cómo se designan los Representantes de la Empresa?

Estos serán designados por la empresa, nombrando los 3 titulares y los 3 suplentes.

¿Cómo se eligen los Representantes de los Trabajadores?

1. Se inscriben todos los trabajadores interesados en participar en el Comité Paritario y que cumplan con los requisitos exigidos.

2. Se eligen por votación secreta y directa.

3. De los resultados obtenidos, se consideran elegidos como:

A. Titulares, las personas que obtengan las 3 más altas mayorías.
B. Suplentes, los 3 que sigan en orden decreciente de sufragios.

4. En caso de empate, se dirimirá por sorteo.

¿Qué requisitos deben reunir los Representantes de los trabajadores?

  • Tener más de 18 años de edad.
  • Saber leer y escribir.
  • Encontrarse actualmente trabajando en la empresa, con una antigüedad mínima de un año.
  • Acreditar haber asistido a un curso de orientación de Prevención de Riesgos Profesionales.

¿Cómo se constituye el Comité Paritario?

Una vez designados los miembros de la empresa y elegidos los representantes de los trabajadores, se define entre los 6 miembros titulares el: Presidente y el Secretario. Si se produce un empate se resolverá por sorteo.

Finalmente, la constitución del Comité Paritario de Higiene y Seguridad se formaliza levantando una Acta de Constitución. Una vez firmada el acta, se adjunta a carta, que se enviará por correo certificado o en forma personal a la Inspección del Trabajo, otra al nivel superior de la empresa y una tercera se archivará en la carpeta del Comité.

¿Cómo funciona el Comité Paritario?

Existen 3 instancias en las cuales los miembros del Comité Paritario deben reunirse:

1. Reuniones Ordinarias. Una vez al mes.

2. Reuniones Extraordinarias. Cuando la situación lo amerite, y a solicitud conjunta de un representante de la empresa y uno de los trabajadores.

3. En caso de Accidentes del Trabajo Graves. Cada vez que en la empresa ocurra un accidente del trabajo que cause la muerte de uno o más trabajadores; o que a juicio del Presidente, le pudiera originar a uno o más de ellos una disminución permanente de su capacidad de ganancia superior a un 40%.

El comité Paritario podrá funcionar siempre que concurra un representante de la empresa y uno de los trabajadores. En caso de que faltaran la totalidad de los miembros de una parte, no podrá efectuarse la reunión.

Todos los acuerdos del Comité Paritario se adoptarán por simple mayoría.
Se dejará constancia de lo tratado en cada reunión, mediante las correspondientes actas escritas en un libro de actas foliado.

¿Cuánto tiempo duran en función los miembros del Comité Paritario?

Los miembros del Comité Paritario durarán dos años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos.
Sin embargo, cesarán en sus cargos los miembros de Comité que:

  • Dejen de prestar servicios en la respectiva empresa.
  • Cuando no asistan a dos sesiones consecutivas, sin causa justificada.

¿Cuáles son las Funciones del Comité Paritario?

Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección.

Vigilar el cumplimiento tanto por parte de la empresa como de los trabajadores, de las medidas de Prevención, Higiene y Seguridad.
Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa.

Decidir si el accidente o la enfermedad profesional se debió anegligencia inexcusable del trabajador.

Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo.

Promover la realización de cursos de capacitación profesional destinado a los trabajadores.

Consultas?

Si tiene Alguna Consulta No dude en visitar Nuestro Foro de Discusión. El Presidente de Nuestro Comite O Cualquier Miembro Le Podrá Responder.

O.I.R.S. > Foro (seccion Comité Paritario) (La clave Se envia Por Difusion).

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